Debate y Convergencia

Gobernador de Jujuy ratifica prohibición de cortes de rutas y calles, pero da marcha atrás en otros dos artículos relacionados con derechos de los pueblos originarios

El gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, mantiene la prohibición de cortes de rutas y calles, pero revierte decisiones en artículos relacionados con derechos de los pueblos originarios.

Tras las recientes protestas que derivaron en enfrentamientos con la policía, Gerardo Morales, gobernador de la provincia argentina de Jujuy, ratificó el artículo 67 de la reforma parcial de la Constitución provincial, el cual prohíbe los cortes de rutas y calles, así como la ocupación de edificios públicos. Sin embargo, dio marcha atrás en otros dos artículos vinculados a los derechos de los pueblos originarios.

Morales afirmó que solicitará la “reconsideración” de los artículos 36 y 50, los cuales se refieren a los derechos de los pueblos originarios y volverán a tener su redacción anterior, debido a las “dudas” planteadas por las comunidades indígenas. “No se puede tomar una escuela, no se puede tomar un hospital, no se pueden cortar calles ni rutas”, señaló Morales al ratificar el artículo 67 de la reforma constitucional aprobada la semana pasada por la Asamblea Constituyente.

El gobernador, quien también es precandidato presidencial, defendió la reforma durante una conferencia de prensa en la cual explicó los incisos que conforman el artículo 67, enfatizando que la prohibición de cortes de rutas y calles, así como la ocupación de edificios públicos, no sufrirá modificaciones. “Hay quienes buscan la violencia y creen que cortar una ruta es una forma de protesta, pero no lo es”, apuntó.

El artículo 67 de la nueva Constitución de Jujuy, titulado “El derecho a la paz social y la convivencia democrática pacífica”, establece en su tercer inciso que “el Estado debe garantizar, como base fundamental de la convivencia democrática pacífica, que las personas ejerzan sus derechos sin vulnerar los derechos de los demás”, y más adelante destaca que el derecho a manifestarse debe asegurar “la libre circulación de las personas”. En su último inciso, enfatiza: “Se prohíben los cortes de calles y rutas, así como cualquier otra acción que perturbe el derecho a la libre circulación de las personas”.

El gobernador Morales adelantó que se promulgará una ley que regulará de manera más precisa lo establecido en ese artículo, sin restringir el derecho a la manifestación, ya que no está facultado para hacerlo. “La manifestación es un derecho constitucional y una conquista democrática. No se han emitido actas contravencionales en relación a la marcha de los docentes”, argumentó, diferenciando dicha movilización de la que fue reprimida por la policía jujeña el sábado pasado en Purmamarca, agregando que “cuando se bloquea una ruta, se comete un delito”.

En cuanto a los artículos 50 y 36 que versan sobre los derechos de los pueblos originarios, Morales defendió inicialmente la nueva Carta Magna, calificándola de “progresista”, “moderna” y generadora de derechos.

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