El Gobierno formaliza un programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la canasta básica, conocido como “Compre sin IVA”, a través de las Resoluciones 1373/2023 del Ministerio de Economía y 5418/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Este programa, que entrará en vigencia a partir del próximo lunes, busca ampliar el alcance de los beneficiarios y especifica los detalles de la devolución del IVA.
La nueva normativa encomienda a la AFIP la tarea de extender el número de personas elegibles en el actual régimen de reintegros establecido por la ley 27.467 y la Resolución General 4.676/2023, incluyendo la modificación de los porcentajes de reintegro y los límites mensuales.
El programa devolverá el 21% del IVA de productos de la canasta básica, con un tope de devolución de $18.800. Los beneficiarios abarcarán a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, así como a jubilados, pensionados por fallecimiento y pensionados no contributivos nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.
En términos de ingresos, el tope para acceder al beneficio será de $708.000 para trabajadores y de $524.758,56 para jubilados. También podrán beneficiarse del programa el personal de casas particulares bajo el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o del Programa Potenciar Trabajo.
Es importante mencionar que quedan excluidos del programa los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, a menos que solo lo paguen por la tenencia de un inmueble destinado a vivienda única, así como los trabajadores autónomos.
Para acceder a este beneficio, que reembolsará el 21% del IVA de los productos incluidos, se deberá efectuar el pago utilizando una tarjeta de débito física de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o mediante pagos con débito a través de códigos QR. Una vez realizada la transacción, el monto se reintegrará a la cuenta bancaria asociada a la tarjeta en un plazo máximo de 48 horas, dentro de las cuales se realizará el reintegro en las primeras 24 horas para compras realizadas entre la medianoche y las 17:00 del mismo día, y en un plazo de 48 horas para las compras realizadas después de las 17:00.
Los reintegros se reflejarán en los resúmenes de cuenta mensuales con el identificador “Reintegro programa Compre sin IVA”. Los beneficiarios podrán acceder al programa en comercios registrados ante la AFIP que abarcan diversas actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles, así como comercios alimenticios especializados.