El periodista Hugo Alconada Mon volvió a emitir mentiras y falsedades con el objetivo de sostener en los medios de comunicación la persecución contra el Grupo Indalo.
A través de una nota titulada “Cristóbal López demanda al Estado por cifras millonarias tras ser absuelto en el caso Oil Combustibles”, que fue publicada por el diario La Nación, Alconada Mon renueva la embestida contra uno de los accionistas del Grupo Indalo con una catarata de farsas y la mera intención de perjudicarlo públicamente.
En este caso, la quimera del abogado platense sobre un impedimento a la comercialización de animales se suma a la larga lista de operaciones, que ya quedó demostrado, se montan sobre falacias que les cuenta a sus lectores y que ante la Justicia no puede sostener, como ya ocurrió en diciembre de 2019, ante los jueces del juicio oral a Oil Combustibles.
Desde el título Alconada Mon asegura que Cristóbal López demandó al Estado nacional y esto es falso. La demanda es contra el Senasa, un organismo descentralizado, con autarquía económico-financiera y técnico-administrativa y dotado de personería jurídica propia, dependiente de la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca y del Ministerio de Economía de la Nación, encargado de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal, y contra Ricardo Negri, extitular del Servicio durante la gestión de Mauricio Macri, y a los letrados asesores del organismo Agustín Medrano, Jorge Luis Darriba y Marcos Apud.
En segundo término, la historia que involucra una denuncia contra funcionarios del Senasa, se originó con una demanda penal de tres empresas en las que Cristóbal López es accionista. Alconada Mon también indica que esa demanda se presentó luego de la absolución de Cristóbal López en la causa “Oil Combustibles”. Otra falsedad absoluta. La demanda por daños y perjuicios interpuesta por Ganadera Santa Elena es de octubre del 2018 y las de Ganadera Victoria y Sucesores son de febrero de 2021, anteriores a la absolución, que fue en diciembre de 2021.
El periodista continúa con la presentación de más mentiras como si fueran datos verídicos. Dice que los acusados “le causaron (a Cristóbal López) un perjuicio irreparable mientras se encontraba detenido e inhibido” por el juez Julián Ercolini en el Expediente 4943/2016 “Oil Combustibles”. En realidad, ese magistrado decretó la inhibición general de bienes -de GSE, GV y Sucesores, entre otras firmas- el 13 de julio de 2016. Pero al día siguiente amplió la resolución y aclaró que “la medida dispuesta no deberá afectar el giro comercial ordinario vigente, las cuentas sueldo, los pagos de cargas sociales, pagos de materias primas correspondientes al giro ordinario” de las empresas.
Con esa constancia expresa, el Senasa no podría haber impedido que las empresas comercializaran su ganado o lo utilicen como bien de cambio, para producir crías, lana o carne. Sin embargo, lo que sucedió en el marco de la persecución contra el Grupo Indalo durante el macrismo fue un bloqueo comercial con una intervención hostil, porque el organismo siquiera permitió jamás la venta de los animales, lo que sí ocasionó enormes pérdidas patrimoniales para las compañías. Asimismo, frustró el ciclo reproductivo del ganado ocasionando sobrepoblación, con lo que deterioró los campos y sus suelos, lo que demandará décadas en recuperarse.
Es por ello que se les imputa a los acusados una maliciosa interpretación a la inhibición dispuesta por el juez Ercolini, y nada tiene que ver con la posición de Alconada Mon, que asegura que estas demandas pretenden “amedrentar a quienes efectúan tareas de contralor público”. Por el contrario, lo único que pretende es que los ex funcionarios respondan con su propio patrimonio, sin trasladar al Estado nacional los costos de su malicioso proceder.
Otro de los postulados sinrazón del periodista indica que Cristóbal López “los demandó sin cumplir con el intento previo de una mediación extrajudicial, como obliga la ley 26.589, lo que tornaría nula su ofensiva”. Sobre este punto vale aclarar primero que la mediación extrajudicial no es obligatoria cuando el Estado o sus entidades son partes, tal como lo establece el artículo 5 inciso C de la ley 26.589 que citó el propio abogado Alconada Mon, por lo que no había necesidad de citar a todos los demandados a medición.
Pese a ello, los integrantes del Senasa sí fueron citados a mediación por las tres empresas, a través de un sinnúmero de peticiones todas enviadas a su ex presidente Ricardo Negri, pero el organismo no compareció a las convocatorias, lo que demuestra mala fe. La intención era que el Senasa acatara una medida cautelar que permitiría a las empresas comercializar su ganado, pero siempre hizo caso omiso y oídos sordos. Pero además, cabe señalar que un eventual incumplimiento de la convocatoria a una mediación previa “no tornaría nula la ofensiva”, sino que sólo suspende el trámite judicial hasta tanto la mediación se realice.
Respecto de la medida cautelar, Alconada Mon aseveró que se trató de un amparo de “muy estricta urgencia” de las pecuarias que recayó en el Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia, cuando en realidad ninguna de las tres empresas lo interpuso, sino que fue Unilan Trelew S.A., dedicada a la preparación de fibras animales de uso textil y totalmente ajena al accionista de Indalo.
La nota de La Nación también dice que la demanda “no precisó cuánto le reclama (Cristóbal López) al Senasa, Negri y los abogados por daño emergente y lucro cesante por su proceder”, pero habla de demanda “multimillonaria”. Lo que realmente omite es que siendo que la demanda es por monto indeterminado, no hay necesidad de precisar el total del reclamo, el que surgirá de la prueba a producir durante el litigio.
Quizá una de las mentiras más evidentes, que demuestra que Alconada Mon ostenta otros intereses con esta publicación, es cuando la nota refiere a la comercialización de “vacas, ovejas y caballos”. Falso. El reclamo no incluye ni vacas ni caballos, fueron solo ovejas. Y tampoco es cierto lo que afirmó el periodista sobre una incompatibilidad en la cantidad de cabezas que se intentaron comercializar y las que se informaron en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (Sigsa), del Senasa. En este caso, es mentira que la cifra haya sido cuestionada y más falso es que no haya coincidido con la información brindada al SIGSA.
Otra de las invenciones que imprimió Alconada Mon pretende determinar que “tres estrados judiciales revisaron y confirmaron que las decisiones que tomó el Senasa (no dejar comercializar ganado) fueron válidas y legales”. El periodista dice que dieron la razón a los acusados el Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia, la Cámara Federal de Apelaciones con asiento en esa ciudad, y el Tribunal Oral Federal N° 3.
Por el contrario, no hubo ninguna decisión judicial que convalidara la conducta del Senasa. Es más, el 26 de marzo del 2019 el TOF N° 3 dictó -en el marco de la causa Nº 4943/2016- una resolución que expresamente conminó al Senasa a cesar de impedir la comercialización del ganado. De hecho, ese Tribunal aclaró -en sintonía con lo dispuesto por el juez Ercolini- que no hay ni ha habido impedimento alguno que permita al organismo bloquear la actividad comercial de las empresas.
Con ese acto judicial, no queda duda de que el criterio seguido por los demandados (en la medida en la que impidió la actividad pecuaria mediante la cría, el engorde de ganado ovino y bovino, y la comercialización de sus frutos: lana, crías y carne), resultó contrario a la inhibición general de bienes decretada por Ercolini en la Justicia federal.
Así, también queda expuesto Alconada Mon cuando sostuvo sin fundamentos que el Tribunal conformado por Fernando Machado Pelloni, Javier Feliciano Ríos y Andrés Basso resolvió que el Senasa no les había denegado el permiso a las empresas de Cristóbal López, sino que solo le había planteado que la autorización debía ser judicial, para luego aprobarle ese permiso. Falso. Como ya se mencionó, el Tribunal señaló que el proceder del Senasa era infundado porque contradecía la manda cautelar de Ercolini al extremo de ocasionar cuantiosas pérdidas a las empresas.
Sobre el final de la publicación el periodista dice que a los acusados se los notificó de la demanda judicial en las oficinas públicas en las que se desempeñaban, en vez de en los domicilios reales, y que eso estaba mal. Sin embargo, de los cuatro señalados solo Agustín Medrano fue notificado en el Senasa, y se hizo según lo fijan los artículos 141 del CPCCN y 74 del CCyC. Tan legítimo fue ese hecho, que la notificación fue validada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Por último, y no por ello mentira menor, Alconada Mon indicó que Medrano “le salió al cruce en tribunales (a Cristóbal López) al contestar la demanda” y que “le planteó que debería mirarse al espejo”. Lo cierto es que Medrano jamás “salió al cruce” de nadie, al contrario, fue el director general de Asuntos Jurídicos del organismo quien omitió presentarse oportunamente en el juicio y contestar demanda, habiendo quedado rebelde pese a haber sido debidamente notificado. Y encima fue quien planteó una cantidad importante de incidencias, todas rechazas con costas.
Fuente: Ámbito Financiero.