Eliminación del Impuesto PAIS: un nuevo esquema impositivo mantiene el 30% con cambios clave

El Gobierno oficializó la eliminación del Impuesto PAIS mediante la Resolución General 5617/2024, implementando un nuevo esquema que preserva la carga del 30% sobre determinadas operaciones en divisas, pero con importantes modificaciones en su alcance y aplicación. Este cambio, que afecta tanto a consumidores como a agentes del sector financiero, redefine las reglas para transacciones internacionales y compra de moneda extranjera.

¿Qué operaciones están alcanzadas por el 30%?

El nuevo esquema aplica el recargo del 30% en los siguientes casos:

  • Compra de dólar ahorro.
  • Pagos en moneda extranjera mediante tarjetas de crédito y débito para bienes y servicios adquiridos en el exterior, incluyendo compras en portales y plataformas digitales.
  • Contratación de servicios turísticos en el exterior a través de agencias de viajes nacionales.
  • Pasajes de transporte internacional (terrestre, aéreo o acuático) con destino fuera del país.

El “dólar tarjeta” ahora tendrá un recargo del 30% en lugar del 60%, con una cotización inicial cercana a $1.355,25 por unidad, actualizándose diariamente según el esquema de devaluación controlada del Banco Central.

¿Qué operaciones quedan exentas?

Entre las exclusiones más destacadas se encuentran:

  • Gastos de salud, medicamentos y educación, como libros y plataformas educativas.
  • Proyectos de investigación científica financiados por entidades estatales y universidades.
  • Equipamiento contra incendios y protección civil adquirido por organizaciones específicas reconocidas por la Ley N° 25.054.
  • Transporte terrestre a países limítrofes.

Además, la administración pública, entidades religiosas, cooperativas, asociaciones civiles y fundaciones con fines sociales también están excluidas del régimen.

Percepción del 30% como adelanto tributario

La resolución establece que el 30% percibido será computable como pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Si genera saldo a favor, este podrá aplicarse para cancelar otras obligaciones fiscales.

¿Quiénes están obligados a aplicar la percepción?

Los agentes de percepción incluyen:

  1. Entidades autorizadas por el Banco Central para operar en cambios.
  2. Empresas emisoras de tarjetas de crédito, débito y compra.
  3. Agencias de viajes nacionales.
  4. Empresas de transporte internacional.

Los importes percibidos deberán ser detallados en los documentos emitidos a los usuarios, sirviendo como comprobante para futuros trámites fiscales.

Impacto en el consumo y la recaudación

Aunque el esquema elimina el Impuesto PAIS, el mantenimiento del 30% asegura una fuente de recaudación clave para el Estado. Sin embargo, los cambios en las exclusiones y modalidades de percepción buscan equilibrar el impacto en sectores estratégicos y en la economía cotidiana de los argentinos.

Esta medida, enmarcada en un contexto de ajuste y reordenamiento fiscal, refleja el intento del Gobierno por simplificar el sistema tributario sin sacrificar ingresos esenciales. Resta ver cómo responderá el mercado y qué efectos tendrá en la dinámica del consumo interno y las transacciones internacionales.

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