Debate y Convergencia

El juez Lavié Pico se consolida como figura central en la disputa por el DNU de Milei

En la actualidad, el juez Enrique Lavié Pico emerge como una pieza clave en la resolución de los amparos presentados contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por Javier Milei. Este magistrado, quien ya tiene peso en las decisiones judiciales relacionadas con demandas contra el Estado, ve ahora potenciado su poder debido a un fallo reciente que le permite manejar de manera individual cada presentación judicial contra el mencionado DNU.

La medida adoptada por Lavié Pico, radicado en los tribunales del fuero Contencioso Administrativo Federal de Buenos Aires, habilita la tramitación separada de los amparos contra el DNU, permitiéndole, incluso durante la feria judicial, abordar personalmente los casos que se presenten. Esto amplía la esfera de acción del juez, quien trabajará sustituyendo a otros tribunales durante el mes de enero.

Además, la decisión judicial posibilita el análisis individual de los múltiples amparos, desechando la posibilidad de un proceso colectivo que buscaba el Gobierno. Este enfoque diversificado presenta diversos frentes legales para el Ejecutivo, que deberá enfrentar los amparos de manera individual, instando apelación tras apelación.

El panorama se intensifica con la presentación completa del DNU al Congreso por parte de Milei el viernes, 16 días después de su anuncio. El texto, que consta de 366 medidas, se encuentra en plena vigencia, a excepción de la reforma laboral suspendida por la Justicia.

A partir del próximo miércoles 10, el juez Lavié Pico tomará decisiones sobre las medidas cautelares solicitadas para suspender la aplicación del DNU. Y desde el lunes 15, tendrá la facultad de emitir un fallo que determine la validez o invalidez constitucional del DNU 70/2023, fecha en la cual vencen los plazos otorgados al Gobierno para responder a los traslados requeridos por el juez.

El juez ha abierto la feria judicial para varios de los amparos presentados contra el DNU, pero no para todos. Por ejemplo, el jurista Andrés Gil Domínguez solicitó que se habilitara la feria para tratar su acción declarativa de inconstitucionalidad, que quedó excluida de la lista aprobada. Gil Domínguez también solicitó al juez que emitiera una medida cautelar para suspender el DNU de Milei.

Uno de los amparos a considerar es el presentado por la Federación Argentina de Municipios (FAM), liderada por el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, en nombre de más de 500 intendentes del país. Asimismo, se encuentra el amparo presentado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad y por Jorge Rizzo, ex presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

En otro ámbito, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ha emitido dos medidas cautelares que suspenden la aplicación de los capítulos laborales del DNU, que incluían desde la extensión del período de prueba hasta restricciones al derecho de huelga.

Estas decisiones judiciales han generado reacciones en el Gobierno Nacional, que planea apelar las medidas cautelares ante la Corte Suprema y solicitar la incompetencia del fuero del Trabajo para que el asunto sea tratado por los tribunales en lo Contencioso Administrativo.

Las resoluciones judiciales emitidas hasta el momento se han centrado no solo en aspectos económicos, sino en la presunta violación de derechos humanos fundamentales, señalando así una etapa crucial en el desarrollo de esta disputa legal.

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