Debate y Convergencia

El DNU de Javier Milei: Restricciones al Derecho a Huelga y Polémicas por Servicios Esenciales

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) propuesto por el presidente Javier Milei establece como esenciales a diversos servicios, limitando el derecho a huelga y acciones sindicales en Argentina. El texto, elaborado por el Gabinete libertario, exige un porcentaje mínimo de prestación en actividades esenciales y trascendentales, chocando con el artículo 14 bis de la Constitución Nacional que garantiza el derecho a huelga y a la negociación colectiva.

La definición de servicios esenciales abarca sectores sanitarios, educativos, de transporte, aduaneros, entre otros. Esta determinación, junto con la restricción del 75% en actividades esenciales y del 50% en tareas de importancia trascendental, plantea conflictos con los derechos laborales constitucionales.

El decreto regula las protestas laborales, prohibiendo o restringiendo ciertas acciones como asambleas, bloqueos o tomas de establecimientos y daños a la propiedad de la empresa. Además, contempla situaciones excepcionales donde el Poder Ejecutivo puede dictar normativas especiales.

Federico Sturzenegger, asesor de Milei y figura clave en la elaboración del DNU, defendió su legalidad argumentando la existencia de una emergencia que justifica la medida, aunque la polémica en torno a su alcance y su adecuación constitucional persiste.

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